El estado de Paraguay ante un Registro de patentes, considera que el mismo debe ser un derecho exclusivo que es concedido, por un periodo de veinte años, al titular de una invención determinada.
Para el registro de una patente en Paraguay, el invento debe consistir en ser en principio algo Novedoso, nuevo, nunca antes visto. El mismo ya sea producto o procedimiento debe a su vez aportar una nueva solución técnica a un problema. Las patentes en Paraguay constituyen incentivos para los Titulares de las mismas, ya que les ofrecen reconocimiento por su creatividad y recompensas materiales por sus invenciones comercializables tras su particular explotación industrial.
La invención debe presentar un paso inventivo que no podría ser deducido por una persona con un conocimiento medio del ámbito técnico. Para que esta sea protegida por una patente, otorgada por Paraguay, una invención debe cumplir 100% con el “estado de la técnica”. Novedad y uso práctico. Además de cumplir con todo lo requerido por las leyes aplicables locales para poder ser aceptada como “patentable por Paraguay.
Según la legislación vigente en Paraguay No es patentable:
1- las obtenciones vegetales o animales,
2- las teorías científicas, los métodos matemáticos,
3- los descubrimientos de sustancias materiales,
4- los métodos comerciales o métodos para el tratamiento médico.
Tras el Registro de patentes en Paraguay, El titular beneficiado con una patente Tendrá derechos exclusivos y excluyentes en la forma de determinar por quien o por quienes esta será utilizada. Por tanto El Titular podrá emitir permisos de explotación comercial, licencias o vender y traspasar sus derechos a terceros para el usufructo de la invención., dentro del lapso que esta este vigente.
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