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La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada pertenece a una persona física y es una entidad dotada de personalidad jurídica propia, con capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, los cuales forman un patrimonio independiente y separado de los demás bienes de la persona física titular de dicha empresa.
Uno (1). Solo podrán ser constituidas por personas físicas.
El nombre de la empresa deberá tener antepuestas o agregadas las palabras “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, o las siglas “E.I.R.L.” No deberá contener nombre, apellido o parte de los mismos, apodo o cualquier otro apelativo de una persona física, los cuales de ningún modo deberán ser utilizados como distintivos de la empresa.
Se determinará estatutariamente.
No existe.
El propietario podrá designar un gerente o asumir las funciones de éste. Desde el inicio de las operaciones, la empresa deberá abrir y mantener una contabilidad ajustada a las disposiciones legale
Resumen del material de instructivo de trasformaciones de la CCSD
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