Consulta
histórica de sentencias emitidas por la SCJ
Aquí se presentan
consultas del más alto tribunal de los años 1865 a 1873 y
del 1910 al 1912.
En Nombre de la Rep�blica
Declarada la urgencia,Ha dado la siguiente Ley:
Quedan reformados los art�culos 9, 40 y 45 de la Ley de Organizaci�n Judicial y de Procedimiento de Casaci�n del siguiente modo:
Art. 9.- La Suprema Corte de Justicia se compondr� de siete jueces y un procurador general, que desempe�a en �sta las funciones de ministerio p�blico.
P�rrafo 1ro.- En caso de impedimento del procurador general, lo sustituir� un magistrado de la misma Corte.
P�rrafo 2do. Habr�, adem�s, un secretario general, dos auxiliares, un copista, y dos alguaciles.
P�rrafo 3ro.- En la elecci�n de magistrados para la Suprema Corte de Justicia, el primer designado por el Senado, asumir� la presidencia de este alto tribunal.
Art. 40.- Cuando por causa justificada, uno o dos de los jueces de la Corte de Apelaci�n, no puedan concurrir, o est�n incapacitados para funcionar; los dem�s magistrados se constituir�n para designar entre los jueces de Primera Instancia de su jurisdicci�n, los que deban llenar accidentalmente las vacancias, pudiendo tambi�n suplir una de �stas, con un abogado.
Art. 45.- El fiscal de una Corte de Apelaci�n es de igual categor�a que el presidente de esta, sus impedimentos los suplir� uno de los magistrados de la misma Corte, o un abogado, en caso de que haya tambi�n impedimento de los jueces.
Env�ese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Senado de la Rep�blica, a los 26 d�as del mes de junio del 1909, a�o 66� de la Independencia y 46� de la Restauraci�n.
El Presidente del Senado:F. L. V�squez. Los Secretarios: Ram�n O. Lovat�n J. Grull�n.
Dada en la sala de sesiones de la C�mara de Diputados, a los 5 d�as del mes de julio del 1909, a�o 66� de la Independencia y 46� de la Restauraci�n.
El Presidente: Octavio Beras. Los Secretarios: C. A. Nouel. S. Otero Nolasco.
Ejec�tese, comun�quese por la Secretar�a de Estado correspondiente, public�ndose en todo el territorio de la Rep�blica para su cumplimiento.
Dada en la ciudad de Santo Domingo, capital de la Rep�blica, a los 5 d�as del mes de julio del 1909; a�o 66� de la Independencia y 46� de la Restauraci�n.
El Presidente de la Rep�blica, R. CACERES.
Refrendada: El Secretario de Estado en los D. D. de Justicia e Instrucci�n P�blica. Emilio C. Joubert.